El 15 de mayo de cada año celebramos el día Nacional del Pisco en nuestro país. Esta tradición se celebra desde el año 2009, cuando el Ministerio de Agricultura dictó un Decreto que así lo declara, además de auto mandatarse la labor de organizar, en conjunto con el sector privado, actividades de conmemoración para esta fecha.
Este año las celebraciones serán un tanto diferentes por las razones que ya sabemos, pero seguramente no va a faltar el Pisco en los hogares de los chilenos. Por ahora, dejemos un poco de lado las celebraciones para abordar el tema de fondo.
Es importante que en este día reflexionemos y tomemos conciencia de la extraordinaria relevancia que tienen las Indicaciones Geográficas (en adelante “IG”) para los países, consumidores y titulares de los derechos que otorga este privilegio Industrial. Para lo anterior, responderemos las siguientes interrogantes:
¿Qué es una Indicación Geográfica?
Según nuestra legislación, una IG es “aquella que identifica un producto como originario del país o de una región o localidad del territorio nacional, cuando la calidad, reputación u otra característica del mismo sea imputable, fundamentalmente, a su origen geográfico”. En otras palabras, una IG identifica un producto cuya calidad o reputación deriva de su origen geográfico. El factor naturaleza es preponderante, debe existir un vínculo indisoluble entre producto y lugar de producción.
Debido a lo anterior, las IG son muy comunes en relación con los productos agrícolas, pero no se limitan a ellos. Ejemplos h
ay muchos, pero podemos mencionar el Limón de Pica, el Orégano de la Precordillera de Putre y las Aceitunas de Azapa. Como podrán advertir, generalmente radican en ciertas localidades del territorio de un país.
Otro punto importante para considerar: tengamos presente que el género en esta materia son las IG y, dentro de ellas, podemos encontrar una especie que se llama Denominación de Origen (en adelante “DO”), las cuales son muy comunes en el área vitivinícola.
¿Cuál es la diferencia entre ambas?
En términos simples, las DO identifican un producto que se fabrica en una localidad determinada, pero en este caso no basta solamente con el factor o vínculo geográfico, sino que también debe concurrir un factor humano relevante (un “saber hacer”, una técnica o tradición en cuanto al modo de fabricación del producto). El ejemplo cae de cajón: El pisco que es fabricado en las Regiones de Atacama y Coquimbo.
¿Quién puede solicitar el registro de una IG o DO y cuál es el beneficio?
Estos privilegios industriales no pueden ser solicitados por una persona en particular, toda vez que involucran a una comunidad de productores. Generalmente las solicitudes de IG o DO son presentadas por alcaldes que representan a toda una comuna, por Cooperativas que agrupan a los fabricantes del producto en particular o por Consorcios que tienen a su cargo el deber de vigilancia y resguardo de una IG o DO en concreto. Ejemplo de esto último es el “Consorzio Per La Tutela Del Formaggio Grana Padano” titular de la DO Grana Padano de Italia.
Pues bien, el registro de una IG o DO no solo beneficia a su titular, sino que existe una cadena de beneficiarios que son eslabones de una misma cadena. País, localidad y consumidores tomaremos provecho de los beneficios de una IG/DO.
En el caso del Pisco, imaginemos el orgullo que deben sentir los pequeños agricultores de las zonas en dónde éste se puede fabricar, quienes han logrado posicionar una Industria y desarrollar un producto que genera millones y millones, pero que además rescata las tradiciones y valores de una comunidad que muchas veces puede estar relegada por el centralismo de nuestro país. De hecho, gracias a ellos hoy estamos celebrando el día nacional del Pisco.
No olvidemos que, a consecuencia de lo anterior, zonas como el Valle del Elqui se han transformado en principales atractivos turísticos, con los beneficios que ello trae aparejado.
Asimismo, los productores podrán obtener una protección eficaz en el evento de que se infrinja el privilegio concedido o bien repeler actos de competencia desleal de otros competidores o terceros.
Por último, nosotros como consumidores podremos disfrutar de un producto auténtico, que goza de un certificado de origen y distinguida calidad, ya que éste solo puede ser fabricado y comercializado si cumple con estrictos reglamentos de uso y control.
Si a todo lo anterior agregamos que el producto se exportará a otros mercados, comenzaremos entonces a desarrollar una Marca País, tal como ocurre con el Tequila de México o el Champagne de Francia.
¿Cuál es el plazo de protección de una IG o DO?
Son indefinidas, se mantiene el privilegio siempre y cuando subsistan las condiciones y requisitos que motivaron a la autoridad para su otorgamiento.
Para concluir, hemos visto que son muchos los beneficios que trae el registro de una IG o DO. No en vano el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI), en conjunto con el Ministerio de Economía, han desarrollado el programa “Sello de Origen”, destinado a la creación, promoción, preservación, protección y desarrollo de productos tradicionales o singulares de nuestro país, caracterizados por contar con un fuerte componente local, reconociendo y retribuyendo el esfuerzo y el trabajo asociados a ellos.
Mauro Dellafiori Albala
Socio
Dellafiori